5. Principios de la función pública

3. Principios rectores según componente

Hasta acá hemos intentado encontrar criterios y principios para precisar lo que es el bien común o interés general de la función pública. En función de lo que trabajamos esta clase, podemos resumir los principios rectores de la función pública de la siguiente manera:

  • Dentro del componente racional, que dispone un elemento práctico del bien común, encontramos el principio de eficiencia.
  • Dentro del componente ético, tenemos los siguientes principios rectores:
    • Imparcialidad o igualdad ante la Ley, que determina que el Estado debe comportarse de la misma manera con todos los ciudadanos. Esto es, la obligación de las autoridades públicas de actuar de manera objetiva y neutral, sin favorecer a ningún grupo o individuo en particular. Se busca garantizar que las decisiones y acciones del Estado se basen en criterios de justicia, equidad y legalidad, evitando cualquier tipo de discriminación o favoritismo.
    • Publicidad y transparencia, que determina que todas las acciones y decisiones del Estado deben poder ser conocidas por sus ciudadanos, que ninguno de los actos, decisiones o criterios de la función pública pueden ser secretos. El principio de publicidad del Estado implica que los actos y decisiones de las autoridades deben ser accesibles al conocimiento público. Por otro lado, el principio de transparencia exige que las autoridades actúen de manera abierta y clara, explicando y justificando sus acciones y asumiendo la responsabilidad por sus actos ante la ciudadanía.
    • Responsabilidad, que determina que el Estado es responsable de cualquier daño o perjuicio que sus acciones pudieran repercutir en la vida de sus ciudadanos. Concretamente, refiere a la obligación de los funcionarios públicos de responder por sus acciones y decisiones, actuando con integridad, ética y eficiencia en el ejercicio de sus funciones, y asumiendo las consecuencias de sus actos ante la sociedad y las leyes.

Acerca de la democracia republicana, la Constitución los Derechos Humanos hablaremos más adelante. Por el momento, los incluiremos dentro del componente ético del bien público.

Con respecto al componente ideológico, como hemos visto, forma parte de las discusiones políticas propias de la democracia. Las decisiones y acciones del Estado se completan con el "contenido" de lo que sea el bien común, que se define por las orientaciones ideológicas de los representantes políticos de los ciudadanos y las discusiones políticas que suceden en sus poderes.