Los DDHH y los Derechos de las mujeres

3. Actividad Recuperando Yogyakarta

En nuestro primer encuentro presencial te propusimos seleccionar uno de los principios de Yogyakarta y preparar una explicación breve sobre ese principio y subirla en el foro.  Además vamos a compartirla en  la próxima clase presencial.

Principio 1: El derecho al disfrute universal de los Derechos Humanos.

Principio 2: Los derechos a la igualdad y a la no discriminación.

Principio 3: El derecho al reconocimiento de la Personalidad jurídica.

Principio 4: El derecho a la vida.

Principio 5: El derecho a la seguridad personal.

Principio 6: El derecho a la privacidad.

Principio 7: El derecho de toda persona a no ser detenida arbitrariamente.

Principio 8: El derecho a un juicio justo.

Principio 9: El derecho de toda persona privada de su libertad a ser tratada humanamente.

Principio 10: El derecho de toda persona a no ser sometida a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Principio 11: El derecho a la protección contra todas las formas de explotación, venta y trata de personas.

Principio 12: El derecho al trabajo.

Principio 13: El derecho a la seguridad y a otras medidas de protección social.

Principio 14: El derecho a un nivel de vida adecuado.

Principio 15: El derecho a una vivienda adecuada.

Principio 16: El derecho a la educación.

Principio 17: El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.

Principio 18: Protección contra abusos médicos.

Principio 19: El derecho a la libertad de opinión y de expresión.

Principio 20: El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

Principio 21: El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

Principio 22: El derecho a la libertad de movimiento.

Principio 23: El derecho a procurar asilo.

Principio 24: El derecho a formar una familia.

Principio 25: El derecho a participar en la vida pública.

Principio 26: El derecho a participar en la vida cultural.

Principio 27: El derecho a promover los Derechos Humanos.

Principio 28: El derecho a recursos y resarcimientos efectivos.

Principio 29: Responsabilidad penal.