Gestión de Bienes y Servicios
Unidad 5
Contrataciones en particular.
Además del régimen general de contrataciones existen otros procedimientos especiales sobre contrataciones del Estado, a saber: la Ley de Obras Públicas, la Ley de Concesión de Obras Públicas, la Ley de Consultoría, etc. Adicionalmente tenemos otros reglamentos que otorgan adelantos de fondos para ser utilizados en ante necesidades menores, urgentes e imprevisibles.
Una "obra pública" es aquella que desarrolla el Estado y que tiene un fin social. Las mismas son financiadas con fondos públicos y no tienen afán de lucro (es decir, su objetivo no es generar ganancias financieras, sino prestar un servicio útil a la comunidad).
Las obras públicas están formadas por una amplia variedad de trabajos de construcción. El desarrollo de la infraestructura de transporte (carreteras o rutas, puertos, vías ferroviarias, aeropuertos, etc.), hidráulica (represas, depuradoras) o urbana (alumbrado público, parques) y la creación de edificios de interés social (hospitales, escuelas).
Clase Nº: 16/10
El régimen de Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas consiste en el anticipo de fondos por parte de la máxima autoridad del organismo a un funcionario denominado responsable, dispuesto mediante un acto administrativo de creación o de adecuación.
Los medios de pago habilitados para este régimen son: transferencia bancaria, tarjeta de compra corporativa, cheque, débito bancario, efectivo y otros medios.
Pueden realizarse gastos y pagos con cargo al Fondo Rotatorio, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas para los siguientes conceptos del clasificador por objeto del gasto:
• Inciso 2 "Bienes de Consumo".
• Inciso 3 "Servicios no Personales".
• Inciso 4 "Bienes de Uso" (excepto Partida Principal 4.1. "Bienes Preexistentes", Partida Principal 4.2. "Construcciones", Partida Parcial 4.3.1. "Maquinaria y Equipo de Producción", Partida Parcial 4.3.2. "Equipo de transporte, tracción y elevación").
En nuestra Universidad, hasta el año 2019 teníamos vigente la Resolución 59/2006 y a partir del año 2020 en vigor la resolución 1512/2019, ambas establecen un procedimiento que se puede dividir en tres etapas:
- 1 etapa: creación del fondo o caja chica
- 2 etapa: otorgamiento
- 3 etapa: rendición
Clase: 23/10
Clase Nº: 30/10